La tarifa busca hacer sostenible la explotación de las aguas subterráneas para asegurar la prestación de los servicios de saneamiento y preservar la disponibilidad del recurso. SEDAPAL Y SEDALIB tienen 60 días para presentar propuesta tarifaria
La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS) aprobó mediante Resolución de Consejo Directivo N° 007– 2016 – SUNASS-CD, la metodología, criterios técnico-económicos y procedimiento aplicable a la Tarifa de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS), en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1185.
El agua subterránea es una de las principales fuentes de abastecimiento para las EPS y la principal reserva para uso poblacional en caso de sequía. Durante años, el agua fue considerada como un recurso renovable, cuyo uso no corría peligro de agotamiento. Sin embargo, las recientes crisis hídricas en Sao Paulo, California y Las Vegas han demostrado la necesidad de gestionar el agua subterránea para garantizar el abastecimiento a la población.
El Perú no está ajeno a esta problemática. Con el fin de cautelar el aprovechamiento eficiente y sostenible de las aguas subterráneas, el Decreto Legislativo N°1185 reguló el régimen especial de monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas a cargo de las EPS, estableciendo el pago de una tarifa por dicho servicio, cuya metodología de cálculo fue encargada a la SUNASS.
El servicio de monitoreo y gestión de uso de las aguas subterráneas consiste en la puesta a disposición del recurso hídrico subterráneo en favor de los usuarios que explotan dichas aguas. Para ello, las EPS monitorean el nivel y calidad de los acuíferos y realizan inversiones, cuyos costos han venido siendo financiados por los usuarios del servicio de agua potable conectados a la red pública.
La tarifa contribuirá a que la EPS tenga a su disposición las aguas subterráneas en cantidad suficiente y con la calidad necesaria para garantizar la prestación de los servicios de saneamiento. Asimismo, permitirá recuperar los costos de inversión, operación y mantenimiento en los que la EPS incurre para que los usuarios que se abastecen con pozos tengan a su disposición las aguas subterráneas. De este modo, la tarifa genera incentivos para su aprovechamiento eficiente y sostenible.
A partir de la publicación de la metodología aprobada en el diario oficial, SEDAPAL (Lima y Callao) y SEDALIB (Trujillo, La Libertad) tienen un plazo máximo de 60 días hábiles para presentar a SUNASS su propuesta tarifaria, que a su vez tendrá otros 60 días para aprobar el proyecto tarifario.
SUNASS convocará a audiencia pública para que los interesados puedan conocer a detalle el proyecto tarifario y que al igual que la EPS formulen comentarios, observaciones o modificaciones sustentadas técnicamente sobre el proyecto tarifario.
El resto de las EPS podrán presentar su propuesta una vez hayan obtenido el título habilitante de operador del servicio de monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas otorgado por la Autoridad Nacional del Agua (ANA).
Cabe resaltar la Cooperación Suiza COSUDE ha contribuido en la elaboración del estudio “Metodología y criterios técnico-económicos y procedimiento aplicable a la Tarifa de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas”, en el marco de su Programa Global Iniciativas Agua.
Fuente: Sunass Para acceder a la galería de imágenes, haga click aquí
Más información:
PDF Resolución de Consejo Directivo N° 007– 2016 – SUNASS-CD
PDF Presentación Metodología